LA CODHEM NO SE PRONUNCIARÁ A FAVOR DE AMNISTÍA EN CASO DE FEMINICIDIOS: MAGM

• Aceptar que una ley de esta naturaleza pueda ser benévola contra un delito que es uno de los más señalados, sería un contrasentido para la ley y el principio pro-homine.

Toluca, Estado de México, 11 de abril de 2022.– La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) no se pronunciará de manera positiva bajo ningún contexto a favor de las solicitudes de amnistía por feminicidio, porque rompería con el principio de interés general que han impulsado los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como todos los entes autónomos, a fin de encaminarse desde el ámbito de sus competencias a erradicar cualquier forma de violencia contra las mujeres, afirmó la presidenta Myrna Araceli García Morón.

Al participar en el Foro “Análisis de la Amnistía en el Estado de México”, convocado por el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia de la entidad, Ricardo Sodi Cuellar, reiteró que aceptar que una ley de esta naturaleza pueda ser benévola contra un delito que es uno de los más señalados, sería un contrasentido para la ley y el principio pro-homine.

Precisó que la amnistía es un instrumento jurídico que tiene como efecto el perdón u olvido de la acción penal, restituye derechos y brinda una segunda oportunidad de vida; y de acuerdo con la ley, la Codhem tiene la facultad para recibir solicitudes, las cuales son revisadas por la recién creada visitaduría especializada para el tema, sin embargo, el organismo defensor no declara personas inocentes, sino que envía las propuestas al Poder Judicial, el único facultado para decretar la amnistía.

García Morón expuso que la Casa de la Dignidad y de las Libertades emitió nuevos lineamientos técnicos para sustanciar los procedimientos estipulados en la Ley de Amnistía estatal -la fracción IV del artículo 12 indica que sin importar el delito, un organismo público defensor de derechos humanos a nivel internacional, nacional o local pueda hacer un planteamiento, recomendación o resolución por vulneración de derechos humanos- y tener una actuación más efectiva en el análisis de las solicitudes que recibe, acatando los parámetros internacionales sobre lo que no se debe hacer y la aplicación del principio pro-homine.